Actualizaciones de Legislación

Los tres proyectos de ley a continuación han sido promulgados y firmados por el Gobernador. Los tres entran en efecto el 1ro de Julio del 2008.

SB 797- Senador Puckett

El Gobernador Kaine, con ayuda del Virginia Foreclosure Prevention Task Force y el Senador Puckett, introdujeron SB 797 en la Asamblea General. Este proyecto de ley requiere que, en caso de ciertos “préstamos de alto riesgo”, definidos en el proyecto de ley, el prestamista o administrador del préstamo debe proveer por lo menos 10 días antes de la aceleración de dicho préstamo debido a incumplimiento monetario, notificación por escrito al prestatario que especifica lo siguiente: (i) enumeración de las cantidades morosas, (ii) otros cargos a pagar para poner la deuda al día, (iii) una declaración de que pueden haber opciones para evitar el embargo hipotecario que el prestatario puede discutir con el prestamista, administrador, o agencia de asesoría aprobada por HUD, (iv) la dirección y número telefónico del prestamista o administrador quien trabajará con el prestatario para tratar de evitar el embargo hipotecario, (v) el nombre, dirección y números telefónicos de 3 o más agencias de asesoría aprobadas por HUD, (vi) la fecha para la cual el prestatario debe responder a la notificación, (vii) una declaración indicando que, si el prestatario contacta al prestamista o administrador del préstamo antes o en dicha fecha solicitando tiempo adicional para estudiar y actuar en las opciones para prevenir el embargo hipotecario, el prestamista o administrador del préstamo otorgará al prestatario 30 días adicionales desde la fecha de ese contacto telefónico antes de enviar notificación de la aceleración del préstamo, (viii) si el prestatario así informa al prestamista, el prestatario deberá hacer un esfuerzo de buena fe para trabajar con un asesor de vivienda, el prestamista, o el administrador del préstamo en buscar formas de efectuar el pago del préstamo y en proveer información sobre sus ingresos y gastos mensuales al asesor, prestamista o administrador, y (ix) si el prestatario fallara en contactar al prestamista o administrador del préstamo, el prestamista o administrador podrá acelerar el préstamo. El proyecto de ley además estipula que: (i) el Secretario de Comercio e Industria mantendrá una lista de asesores aprobados por HUD; (ii) un prestamista o administrador de préstamo no estará obligado a proveer más de una extensión de 30 días en relación a un mismo préstamo; y (iii) la falla en el envío de la notificación o de proveer la extensión de 30 días no afectará la validez de una venta por embargo hipotecario, y que dichas fallas involuntarias no impondrán ninguna responsabilidad legal en el prestamista o administrador. Las provisiones de este proyecto de ley caducarán el 1 de Julio del 2010.

HB 408- Delegado Oder

Este proyecto de ley enmienda el Acta de Protección del Consumidor de Virginia, y prohíbe los siguientes actos fraudulentos en el caso de viviendas primarias ocupadas por el dueño: (i) que se le paguen honorarios a un suplidor de servicios pare evitar o prevenir el embargo hipotecario el antes del cierre de la venta de la propiedad, (ii) el suplidor de estos servicios no hace los pagos de hipoteca (si el mismo ha acordado hacerlos) y aplica los pagos de renta para uso propio, (iii) el suplidor de servicios representa que el vendedor tiene la opción de adquirir de nuevo la propiedad después de que el suplidor reciba título de la misma, a menos que exista un contrato por escrito previendo esta opción, y que incluya los términos y precio de venta en el mismo, o (iv) el suplidor de los servicios anuncia u ofrece cualquiera de los servicios prohibidos anteriormente. El proyecto de ley substituto además estipula que cualquier cláusula en el acuerdo que requiere arbitraje mandatario será nula e inválida.

HB 1487- Delegado Suit

Este proyecto de ley enmienda el Acta de Prestamistas y Corredores de Hipotecas al (i) remover la parte de la definición de un préstamo hipotecario que requería que la propiedad en garantía del préstamo debía ser ocupada por el propietario y añadió una excepción para propiedades residenciales ocupadas por más de cuatro familias; (ii) estipular que cada miembro, funcionario superior, director, o principal de una entidad solicitando licencia como prestamista hipotecario o corredor de hipotecas, den consentimiento para hacer una revisión a nivel nacional y estatal de antecedentes criminales, los resultados de la cual serán suministrados al SCC; (iii) exige que los prestamista y corredores de hipotecas licenciados conduzcan una investigación de antecedentes criminales para todo empleado que pueda tener acceso a, o vaya a procesar, datos de identidad personal o información de finanzas de un miembro del público, y (iv) exige que los prestamistas y corredores de hipotecas licenciados estén adecuadamente entrenados en las leyes y regulaciones federales y estatales sobre préstamos hipotecarios pertinentes. Este proyecto de ley autoriza al SCC a suspender y revocar la licencia de un prestamista o corredor de hipotecas al momento de incumplimiento en pagar cuando es debido los honorarios razonables de un tasador licenciado por servicios proveídos de tasación, conforme al contrato y requerimientos regulativos, en relación con la originación o cierre de un préstamo hipotecario para un cliente del prestamista o corredor de hipotecas. Este proyecto de ley estipula que el SCC refiera al Fiscal General para la investigación, desagravio por mandato judicial y reparación por daños (incluyendo honorarios y costos de abogado) causados por violaciones por prestamista y corredores de hipotecas licenciados de las estipulaciones que gobiernan tasas de interés, multas por pago tardío, pagos por adelantado, y/o aceleración del préstamo en Artículos 3 al 12 del Capítulo 7.3 del Código y las estipulaciones en § 6.1-422.1 prohibiendo ¨flipping” de préstamos hipotecarios. Este proyecto de ley también autoriza al Fiscal General a prevenir las violaciones por parte de prestamista y corredores de hipotecas de RESPA, a la medida en que esté autorizada en §§ 8 y 6 del mismo. Además de las enmiendas mencionadas antes, este proyecto de ley ordena a la Comisión de Vivienda de Virginia que conduzca un estudio de todas las nuevas legislaciones federales relacionadas a préstamos hipotecarios y corretajes de hipotecas y a que determine si dichas legislaciones requieren de un cambio en las leyes de Virginia.